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Gastos deducibles en la empresa.

Martes, 25 de Agosto de 2009 por Marcos del Rio

gastos deduciblesPara que un gasto efectuado por una empresa tenga carácter deducible en el impuesto de sociedades, tiene que cumplir las siguiente condiciones:

- Tiene que estar justificado mediante el oportuno documento o factura. No sirve para la justificación del gasto, ni facturas proforma, ni albaranes, ni notas de entrega ni documentos parecidos. En el caso de las facturas, tienen que estar debidamente cumplimentadas con todos los datos que la ley exige para que tenga validez.

- El gasto tiene que aparecer contabilizado en los libros contables de la sociedad. Si no aparece el movimiento contable del gasto, nunca dará derecho a ninguna deducción aún teniendo la factura legal.

- Se deben de imputar en el ejercicio en el que se devengan (realizan). Dejando aparte los distintos criterios de imputación temporal, el gasto tiene que estar contabilizado en el momento de devengo, que coincidirá normalmente con la fecha de la factura o la realización del servicio o venta de la mercancía.

- Aunque legalmente no existe un requisito de necesidad en el gasto para entender que es deducible, cuando nos enfrentamos a una inspección, el inspector suele tener en cuenta el sentido común y la correlación del gasto con un ingreso. Así pues, aunque el gasto efectuado no fuera estrictamente necesario, si da lugar a un ingreso, se entenderá sin lugar a dudas, que el gasto es deducible.

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