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Iniciar un negocio. ¿Persona fisica o sociedad?

Jueves, 27 de Agosto de 2009 por Marcos del Rio

comenzar un negocioA la hora de ejercer una actividad, la primera pregunta que se suele plantear la gente es si se da de alta como persona física o como persona jurídica, constituyendo una sociedad. Realmente es una cuestión bastante complicada de responder, ya que hay muchas variables a tener en cuenta y no sólo cada proyecto es un mundo, sino que las preferencias de cada persona, también varían dependiendo, en muchos casos, de sus necesidades económicas.

A mi personalmente, me parece mucho más completa la opción de la sociedad, aún reconociendo que es la opción más cara y no siempre la más idónea. Hoy en día, constituir una sociedad cuesta entre 800 y 1.500 euros dependiendo de la asesoría a la que vayáis, motivo suficiente para que mucha gente ni se lo plantee. Aún así, me gustaría repasar unos cuantos puntos para ver ambas opciones desde una perspectiva más amplia.

A mi juicio, desde un punto de vista fiscal, hay tres puntos claves en los que hay que fijarse: La inversión a realizar, la facturación y el beneficio previsto. Cuanto mayores sean estas cifras, por regla general, más a cuenta nos saldrá constituir una sociedad. Para mucha gente, también es importante la deducción de un vehículo de empresa, así que es importante recordar que, a no ser que seáis comerciales o profesionales de la carretera, no os vais a poder deducir ni el vehículo, ni los gastos que de él deriven. Aquí podéis encontrar más información sobre la deducción del coche de empresa.

Desde un punto de vista monetario, hay que tener presente que por iniciar la actividad como persona física, se va a obtener más ayudas que si la inicias como sociedad; más aún si eres mujer o tienes alguna discapacidad, ya que las cuantías de las ayudas son considerablemente mayores. No obstante, tened en cuenta, que cualquier ayuda como el pago único del desempleo o las ayudas al fomento del empleo, suelen conllevar unas obligaciones a cambio por parte del nuevo empresario, como la obligación de invertir una cantidad de dinero mínima para obtener la ayuda u obligarse a estar de alta durante tres años para mantener y no tener que devolver la ayuda percibida.

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