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Empresas según su forma jurídica.

Martes, 20 de Octubre de 2009 por eleg86

En un artículo anterior hablamos de las sociedades según su tamaño, ahora hablaremos de las sociedades según su forma jurídica.

La forma jurídica de una sociedad se define según la cantidad de socios, la responsabilidad que recaerá sobre éstos en caso de quiebra  y la forma en que se recolecta el capital, ya sea por acciones, participaciones, bienes inmobiliarios e incluso, el trabajo. Podemos destacar los siguientes tipos de sociedades:sociedad-anonima-laboral

  • La sociedad anónima: Este tipo de sociedad divide su capital en acciones que se reparten entre los socios según la aportación de capital aportado para la creación de la sociedad. La responsabilidad que recae sobre los socios es limitada, pues ninguno deberá aportar su patrimonio personal en caso de quiebra de la empresa a la hora de responder frente a los acreedores. El capital necesario para fundar esta sociedad es de 60.000 euros, teniendo que estar suscrito la totalidad aunque sólo desembolsado en, al menos, un 25%. Una de las ventajas que otorga este tipo de sociedad, es la capacidad de poder aumentar el capital a través de la venta de acciones.grupopersonas
  • La sociedad de responsabilidad limitada: El capital de esta sociedad se divide en participaciones, e igual que en la sociedad anónima, la responsabilidad de los inversores está limitada a la cantidad aportada. El capital necesario para fundar este tipo de sociedad es de 3.005,06 euros, teniendo que estar totalmente suscrito y desembolsado en el momento de la creación.
  • obreroLa sociedad comanditaria existen dos tipos de socios: El socio comanditario, que es aquel que aporta su trabajo en la sociedad, y el socio gestor, que aporta capital para su creación. Este tipo de sociedades es poco común a día de hoy, ya que los socios gestores tienen una responsabilidad ilimitada por lo que tendrían que responder con su patrimonio personal ante los acreedores.
  • La sociedad colectiva, por su parte, es un tipo de sociedad fácil de crear, y a pesar de poder poseer una infinidad de socios, la responsabilidad que recae sobre ellos es ilimitada. Como nota curiosa, me gustaría comentar que las sociedades limitadas, como sociedad mercantil, están obligadas a inscribirse en el Registro Mercantil de la provincia en donde tenga su sede social y, en el caso de que falte esta inscripción, se entenderá que la sociedad pasa a colectiva, extendiendo la responsabilidad de los socios a todo su patrimonio.

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