Blog

El Despido Laboral.

Martes, 3 de Noviembre de 2009 por eleg86

despedidoEl despido laboral se considera como el fin del contrato de trabajo entre el empleador y el contratado.

Las causas que pueden ocasionar el despido pueden ser de carácter económico para la empresa o por una falta cometida por el propio trabajador incumpliendo así el contrato de trabajo.

Sin embargo, la situación no finaliza aquí ya que en el caso de que el trabajador no se encuentre de acuerdo con su empleador, puede reclamar en el organismo competente, lo cual dará lugar a un juicio. Esto puede producir tres casos resolutivos:

  • Que el despido se declare procedente: lo cual daría la razón a la empresa y el trabajador no tendrá derecho a indemnización alguna.
  • Que el despido se declare improcedente: por lo que el trabajador no podría reincorporarse al trabajo pero optará por una indemnización de 45 días por año trabajado hasta un máximo de 42 mensualidades.
  • Que el despido  sea nulo: esto significara que el trabajador podrá reincorporarse al trabajo y la empresa tendrá que abonarle los días que ha faltado al trabajo por el despido como si hubiera seguido trabajando.

En cualquier caso, la legislación con respecto al despido es muy complicada y existen numerosas variantes para cada caso con lo que en un futuro iremos tratando este tema con mayor exhaustividad.

Deja un Comentario

Debes estar Identificado para poder comentar.