Calculo de retenciones:
Jueves, 17 de Diciembre de 2009 por Marcos del Rio
Calcular las retenciones no es una tarea sencilla como puede ser mirar una tabla y ya está. Por supuesto existe una tabla de retenciones, pero antes hay que saber sobre qué cantidad hay que calcular el porcentaje. De nada nos sirve mirar la tabla para saber qué retención tenemos que aplicar, si antes no sabemos sobre qué base trabajar.
En este artículo vamos a comentar la metodología a seguir para calcular las retenciones, para posteriormente ir enfatizando en cada uno de los pasos en artículos posteriores.
Lo primero que hay que hacer para calcular la retención que tenemos que aplicar a unos rendimientos del trabajo, es hallar la base para calcular dicha retención. Una vez tengamos esa base calculada, aplicaremos los mínimos familiares del trabajador según la información que nos haya comunicado en el modelo 185.
Cuando tengamos la base minorada con el mínimo familiar, determinaremos la cuota de retención y, a partir de junio de 2008, determinar el tipo previo de retención y posteriormente el tipo de retención. Una vez tengamos hallado el porcentaje, ya podremos aplicarlo a las retribuciones que se satisfagan.
Hasta aquí, la versión genérica. A partir de aquí hay que hacer algunas consideraciones, como que esta metodología no sirve para aquellas retenciones de tipo fijo y que hasta junio de 2008, había que calcular las retenciones de acuerdo a las normas en vigor a enero de 2008 y los posteriores a julio, había que calcular las retenciones de acuerdo a la nueva disposición vigente. No obstante lo anterior, la cuota máxima de retención se fijó en el resultado de aplicar el porcentaje del 43% a la diferencia positiva entre el importe de la cuantía total de retribución y el que se correspondiera de los mínimos excluidos de retención.
